La mal llamada tasa Google no solo afectará al gigante de internet. Las siguientes víctimas del último borrador de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual
que han debatido este martes los distintos grupos parlamentarios en el
Congreso de los Diputados (sin prácticamente cambiar nada), apunta mucho
más lejos. En concreto, a otras plataformas agregadoras de contenidos
como Menéame, Twitter o Facebook.
Lo barruntaban los más críticos
con la reforma y también lo denunció Izquierda Plural esta martes en el
debate que tuvo lugar en la Comisión de Cultura: "Esta ley terminará
afectando a otras plataformas de participación comunitaria en internet
como por ejemplo las redes sociales donde se difunden y comparten
titulares de prensa con enlaces".
Y es que, aunque desde el
principio la polémica se centró en Google News, lo cierto es que el
artículo 32 del citado texto no deja lugar a dudas:
“La puesta
a disposición del público por parte de prestadores de servicios
electrónicos de agregación de contenidos de fragmentos no significativos
de contenidos, divulgados en publicaciones periódicas o en sitios web
de actualización periódica y que tengan una finalidad informativa, de
creación de opinión pública o de entretenimiento, no requerirá
autorización, sin perjuicio del derecho del editor o, en su caso, de
otros titulares de derechos a percibir una compensación equitativa. Este
derecho será irrenunciable y se hará efectivo a través de las entidades
de gestión de los derechos de propiedad intelectual”.
Según el
abogado especializado en propiedad intelectual e internet Carlos
Sánchez Almeida, “esta ley afecta a cualquier página de internet a la
que se pueda acceder desde España. Cualquier persona física o jurídica
que publique enlaces en internet, ya sea en redes sociales, blogs o
medios de comunicación, podrá verse afectado. De hecho, a quien menos
afecta es a Google News”.
Cualquier persona física o jurídica que publique enlaces en internet, ya sea en redes sociales, blogs o medios de comunicación, podrá verse afectado. De hecho, a quien menos afecta es a Google News
“Si yo a
partir de ahora empiezo a publicar enlaces en mi cuenta de Twitter,
cualquiera podría acusarme de publicar listados ordenados y clasificados
de enlaces y pedir el cierre. Lo mismo sucede con Facebook o los
blogs”, añade Sánchez Almeida, haciendo evidente la doble y peligrosa
vertiente que inicia esta ley.
Por un lado, la del usuario medio
que tenga un pequeño blog y que a partir de ahora sea obligado a pagar
por algo tan insustancial como enlazar y/o citar una noticia de un
medio. Por otro lado, la de gigantes de las redes sociales, como
Facebook o Twitter que, con la ley en la mano, también estarán obligados
al pago -como recordaba el fundador de Menéame, Ricardo Galli-, a pesar del inmenso canal de tráfico y visitas que otorga a los medios que son enlazados.
Pero,
¿de verdad cabe pensar que el Gobierno pretende que Facebook o Twitter
paguen un canon por el hecho de que sus usuarios enlacen noticias en sus
muros? La lógica parece decir que no, ya que, en la práctica, sería
algo casi inaplicable. Es por ello que el abogado señala las lagunas
intelectuales de los ideólogos de esta ley: "Las personas que han votado
estas leyes no entienden de tecnología y tampoco de internet. Solo
escuchan las presiones del lobby de la industria de los contenidos".
De
hecho, “que el PSOE encabece sus enmiendas diciendo que lo hace a
sugerencia de los creadores de contenidos, autores y artistas, sin
mencionar a las empresas de internet, ya lo dice todo”, una estrategia
que para Sánchez Almeida no es nada acertada, ya que “la capacidad de
creación de trabajo de las empresas de internet es muy superior a las
del lobby de contenidos”.
Si el dueño de una web, que sea un agregador de fragmentos
insignificantes de contenidos, no paga esa compensación irrenunciable,
los autores y editores españoles pueden ir a los juzgados y abrir un
procedimiento contra él. En este caso dará igual en qué país se
encuentre el agregador. Según ha recordado a Teknautas Pablo Fernández
Burgueño, del despacho de abogados Abanlex,
"esta posibilidad de ir contra cualquiera se basa en cuatro tesis
jurídicas: accesibilidad, focalización, proximidad y foro electrónico
general", todas ellas contempladas en el Reglamento europeo 44/2001.
"Supongamos
por un momento que el agregador es Google News. Como Google Inc está en
EEUU, el juez puede tomar una de estas dos decisiones: ir directamente
contra él (con la dificultad añadida de que el juez español no tiene
competencias sobre una empresa que reside en el extranjero), o cerrar la
web de Google News para España", ha explicado Burgueño.
En 2007 un juez de Barcelona sentenció que desde España nadie pudiera ver una web porque en ella se vendían zapatillas falsificadas
¿Algo impensable? Todo apunta a que sí. Pero lo cierto es que cosas peores se han visto en España. Solo un ejemplo: en el caso Nikebrother.com un juez de Barcelona sentenció que desde España nadie pudiera ver esa página porque en ella se vendían zapatillas falsificadas.
El
juez se dio cuenta de que no podía tomar medidas directamente contra el
dueño de nikebrother.com porque estaba en otro territorio, así que
decidió bloquear la IP de la web creando una barrera digital en la
frontera del país.
Si en 2007 un juez censuró para los españoles
una simple web que vendía zapatillas falsas, ¿qué no podrá hacer contra
otra que niegue a los autores su nuevo "derecho irrenunciable" a cobrar
una "compensación equitativa"?
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